Paragraph Second: Effects of Solidarity
Article 23
Hay obligación conjunta entre deudores cuando varios deudores están obligados por una sola deuda y cada uno debe ser considerado, en relaciones con el acreedor, como deudor de la deuda completa.
Article 24
Artículo 24 - La solidaridad entre deudores no se presume.
Article 42
Artículo 42 - La solidaridad puede cesar cuando al acreedor se le otorga liberación.
Article 43
Art. 43 - La renuncia a la solidaridad puede ser general y común a todos los codeudores, o especial y personal a uno o algunos de ellos.