Paragraph Second: Effects of Solidarity

Article 23

Hay obligación conjunta entre deudores cuando varios deudores están obligados por una sola deuda y cada uno debe ser considerado, en relaciones con el acreedor, como deudor de la deuda completa.

Article 24

Artículo 24 - La solidaridad entre deudores no se presume.

Article 42

Artículo 42 - La solidaridad puede cesar cuando al acreedor se le otorga liberación.

Article 43

Art. 43 - La renuncia a la solidaridad puede ser general y común a todos los codeudores, o especial y personal a uno o algunos de ellos.